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El contrato de una empleada de hogar por horas

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Por qué tiene que ser por escrito

Cuando contratas a alguien para limpiar tu casa unas horas a la semana estás haciendo un contrato de trabajo a tiempo parcial, y el artículo 8.2 del Estatuto de los Trabajadores exige que los contratos a tiempo parcial consten por escrito. No es una formalidad de empresa grande: se aplica igual a un hogar con una empleada de hogar tres horas los martes.

Hay una segunda razón, y esta es la que más te conviene a ti. El Real Decreto 1620/2011, que regula el servicio del hogar familiar, dice en su artículo 5 que en defecto de pacto escrito el contrato se presume indefinido y a jornada completa. Dicho en llano: si no hay papel y un día discutís, se parte de que trabajaba cuarenta horas, y demostrar lo contrario te toca a ti. El contrato escrito no es un favor que le haces a ella: es tu prueba de lo que acordasteis.

Cualquiera de las dos partes puede exigir que se formalice por escrito, incluso meses después de empezar. Así que si ya lleva tiempo viniendo sin contrato, no es tarde.

Qué tiene que incluir

El modelo oficial trae huecos para todo esto. Lo importante no es rellenarlos deprisa, sino que lo que pongáis sea exactamente lo que vais a hacer:

Si hubiera salario en especie, tiempos de presencia o pernoctas —cosas de empleadas internas, no de limpieza por horas— también tendrían que constar. Para un servicio doméstico por horas, casi nunca aplica.

El modelo oficial y dónde está

El Ministerio de Trabajo pone modelos de contrato a disposición de los hogares, y se descargan gratis en la web del Servicio Público de Empleo Estatal. El modelo de contrato indefinido trae una hoja de cláusulas específicas para las personas trabajadoras al servicio del hogar familiar, con sus casillas de tiempo parcial y de distribución de la jornada. No hace falta gestoría ni abogado para rellenarlo: son las mismas casillas de la lista de arriba.

Dos copias, una para cada parte, firmadas por las dos. Y guárdala donde la encuentres dentro de dos años, que es cuando suele hacer falta.

El contrato no sustituye al alta

Son dos cosas distintas y hacen falta las dos. El contrato es el acuerdo entre vosotros; el alta en la Seguridad Social es lo que te corresponde tramitar como hogar empleador, es gratuita, se puede hacer hasta 60 días antes de que empiece y como muy tarde el mismo día. Los pasos están en dar de alta a tu limpiadora paso a paso, y lo que cuesta cada mes, con un ejemplo, en cuánto cuesta dar de alta a una limpiadora.

Un detalle práctico: los datos que te pide el contrato —fecha, horas, salario— son los mismos que te va a pedir el formulario del alta. Si cierras el contrato primero, el alta son cinco minutos.

Antes del contrato, el acuerdo

El contrato solo recoge lo que ya habéis hablado. Por eso lo más útil es tener claro qué necesitas antes de buscar a nadie: cuántas horas —la guía de cuántas horas de limpieza necesita tu casa te da la referencia—, qué tareas y qué precio, que en tu provincia puedes mirar en la guía de precios.

Con eso, publica tu oferta en el tablón: horas, días, tareas y tarifa. Quien te escriba ya sabe a qué se apunta, y el contrato será casi copiar la oferta. Si prefieres ver antes qué perfiles hay en tu zona, empieza por tu provincia: por ejemplo, limpiadoras en Málaga.

Esto es información general para ayudarte a entender el trámite, no asesoramiento jurídico. Los importes y las condiciones los fijan la Seguridad Social y el BOE y cambian cada año.

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Preguntas frecuentes

¿Hace falta contrato si solo viene tres horas a la semana?

Sí. Tres horas a la semana es una relación laboral a tiempo parcial, y los contratos a tiempo parcial deben constar por escrito según el artículo 8.2 del Estatuto de los Trabajadores. Además, el alta en la Seguridad Social es obligatoria desde la primera hora.

¿Qué pasa si no lo ponemos por escrito?

El Real Decreto 1620/2011 dice que, sin pacto escrito, el contrato se presume indefinido y a jornada completa salvo prueba en contrario. Es decir: si un día hay una discusión, la carga de demostrar que eran «solo tres horas los martes» recae en ti.

¿Puedo poner un periodo de prueba?

Sí, por escrito y de dos meses como máximo. Durante la prueba cualquiera de las dos partes puede dejarlo con el preaviso que hayáis pactado, que no puede pasar de siete días naturales.

¿Dónde consigo el modelo?

En la web del Servicio Público de Empleo Estatal hay modelos oficiales de contrato sin coste, y el de contrato indefinido incluye una hoja de cláusulas específicas para el servicio del hogar familiar. También puedes escribirlo vosotros: lo que importa es que recoja lo esencial y que lo firméis los dos.